REGISTRO INDIVIDUAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD - RIPS, COMO SOPORTE DE LA FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA - FEV EN SALUD.
Estimados colegas,
Les recordamos las fechas y grupos establecidos para la Factura Electrónica de Venta ( FEV) y Registros Individuales de Prestación de Servicios (RIPS), de acuerdo con la siguiente clasificación:
Grupo 1: Prestadores de servicios de nivel de alta complejidad, habilitados y activos en el REPS, deberán realizar la implementación a partir del 1 de febrero de 2025.
Grupo 2: Prestadores de servicios de nivel de media complejidad, habilitados y activos en el REPS, deberán realizar la implementación a partir del 1 de abril de 2025.
Grupo 3: Prestadores de servicios de nivel de baja complejidad, habilitados y activos en el REPS, deberán realizar la implementación a partir del 1 de junio de 2025.
Anexamos para consulta la Resolución 1886 del 30 de septiembre de 2024.
Resolución 1886
Atentamente,
Gustavo Adolfo Romero Caballero Junta Directiva ACORL
Presidente Junta Directiva 2024 – 2026
ACORL 2024 – 2026