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REGISTRO INDIVIDUAL DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD - RIPS, COMO SOPORTE DE LA FACTURA ELECTRÓNICA DE VENTA - FEV EN SALUD.

Estimados colegas,

Les recordamos las fechas y grupos establecidos para la Factura Electrónica de Venta ( FEV) y Registros Individuales de Prestación de Servicios (RIPS), de acuerdo con la siguiente clasificación:

Grupo 1: Prestadores de servicios de nivel de alta complejidad, habilitados y activos en el REPS, deberán realizar la implementación a partir del 1 de febrero de 2025.

Grupo 2: Prestadores de servicios de nivel de media complejidad, habilitados y activos en el REPS, deberán realizar la implementación a partir del 1 de abril de 2025.

Grupo 3: Prestadores de servicios de nivel de baja complejidad, habilitados y activos en el REPS, deberán realizar la implementación a partir del 1 de junio de 2025.

Anexamos para consulta la Resolución 1886 del 30 de septiembre de 2024.

Resolución 1886


Atentamente,


Gustavo Adolfo Romero Caballero                                           Junta Directiva ACORL
Presidente Junta Directiva                                                        2024 – 2026
ACORL 2024 – 2026



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